Directores bajo la lupa: por qué la normativa de la UIF redefine su riesgo penal personal

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miércoles, 26 de noviembre de 2025

Directores bajo la lupa: por qué la normativa de la UIF redefine su riesgo penal personal

abogado explicando riesgo penal personal de directores según la UIF

La reforma de la ley 27.739 y la resolución 48/2024 de la UIF no son simples actualizaciones burocráticas; representan un cambio de paradigma en la persecución penal económica en Argentina. Para el director de empresa, el gerente general o el oficial de cumplimiento, el mensaje del legislador es claro: la ignorancia ya no es una estrategia de defensa viable, y la responsabilidad por omitir controles puede tener consecuencias penales directas sobre su patrimonio y su libertad.

El fin de la "ceguera voluntaria". Históricamente, muchos directivos confiaban en que delegar las funciones de control financiero los eximía de responsabilidad. El nuevo marco normativo derriba esa presunción. Hoy, la Justicia Federal y la Unidad de Información Financiera ponen el foco en el "beneficiario final" y en la cadena de mando real. Si su empresa es utilizada para maniobras de lavado de activos —incluso por terceros o empleados infieles— y usted no implementó los controles debidos, usted puede ser considerado partícipe necesario o autor por omisión.

Cuando el riesgo corporativo se vuelve personal. El punto crítico que muchos ejecutivos subestiman es que la responsabilidad penal es intransferible. La empresa puede enfrentar multas o la suspensión de actividades (responsabilidad de la persona jurídica), pero son las personas físicas quienes enfrentan los procesos penales. Una imputación por lavado de activos conlleva no solo el riesgo de penas de prisión efectiva, sino también embargos preventivos inmediatos y un daño reputacional que puede acabar con una carrera profesional en cuestión de días.

El compliance como escudo penal. Frente a este escenario, un Programa de Integridad o Compliance robusto deja de ser un "trámite administrativo" para convertirse en su principal activo de defensa. Ante un juez, demostrar que la empresa contaba con protocolos de prevención serios, actualizados y auditados es la diferencia entre ser considerado un cómplice o una víctima de la maniobra delictiva.

Sin embargo, no sirve cualquier manual copiado de internet. La defensa eficaz requiere un diseño de compliance "a medida", alineado con los riesgos reales de su operación y validado por una mirada penalista experta, no solo administrativa.

No espere a recibir un requerimiento de la UIF o una notificación judicial para revisar sus protocolos. La prevención estratégica es la inversión más rentable para su seguridad jurídica.


¿Su directorio está protegido?

Si tiene dudas sobre la exposición penal de su empresa o su responsabilidad personal ante el nuevo marco normativo, solicite una Auditoría de Riesgos Penales.

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