Congelamiento administrativo de fondos: el nuevo paradigma de la UIF y el impacto en su patrimonio

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miércoles, 3 de diciembre de 2025

Congelamiento administrativo de fondos: el nuevo paradigma de la UIF y el impacto en su patrimonio

dinero y oro congelados en el interior de un banco


En el dinámico entorno del Derecho Penal Económico en Argentina, las reglas del juego cambian con rapidez. Una de las preocupaciones más latentes para directores de empresas, inversores y profesionales obligados es la capacidad de intervención estatal sobre los activos privados sin la intermediación previa de un juez.

La reciente normativa y las facultades de la Unidad de Información Financiera (UIF) plantean un interrogante crítico para la seguridad jurídica: ¿Pueden congelar sus fondos y activos de manera inmediata y sin aviso previo?

Esta medida, conocida como congelamiento administrativo, no es una hipótesis lejana; es una herramienta vigente diseñada para actuar con celeridad ante sospechas de lavado de activos o financiación del terrorismo. Sin embargo, su aplicación puede tener consecuencias devastadoras para la operatividad financiera y la reputación, mucho antes de que exista una condena o incluso una imputación formal.

Comprender el alcance de estas facultades y, fundamentalmente, conocer la estrategia de defensa adecuada ante una medida de esta naturaleza, es imperativo para resguardar su libertad y su patrimonio.

Como parte de mi análisis continuo sobre la coyuntura penal y regulatoria, he publicado un artículo en LinkedIn sobre:

  • El marco legal que habilita estas medidas excepcionales.
  • La tensión entre la prevención del delito y las garantías constitucionales.
  • La perspectiva estratégica que debe adoptar la defensa ante un bloqueo de fondos.

Lo invito a leer el análisis completo para comprender la dimensión real de este riesgo.

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